PRIVACIÓN DE LA PATRIA POTESTAD POR NO PAGAR LA PENSIÓN DE ALIMENTOS

UNA SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO PRIVA AL PADRE DE LA PATRIA POTESTAD POR EL REITERADO IMPAGO DE LA PENSIÓN ALIMENTICIA.

La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo confirma que la privación de la patria potestad está prevista cuando los progenitores incumplen sus deberes de forma «grave y reiterada». La STS 4575/2015, de 9 de Noviembre de 2015 priva al padre de la patria potestad, sin perjuicio de que pueda recuperarla cuando cesen las causas que llevaron a su privación. En el citado supuesto se habían producido graves y reiterados incumplimientos por parte del padre, y los mismos habían sido prolongados en el tiempo, por ello el Alto Tribunal acuerda tan drástica medida.

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